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Protección de los usuarios de servicios financieros en Argentina: marco normativo y obligaciones clave

Imagen de edificios bancarios, usuarios financieros

La relación entre entidades financieras y usuarios ha sido históricamente asimétrica. Para equilibrar esa relación y proteger los derechos de quienes acceden a productos y servicios financieros, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha dictado un conjunto de normas específicas, cuyo eje central es la protección de usuarios financieros.

En este artículo repasamos los principales instrumentos normativos que rigen actualmente, con especial énfasis en las Normas de Protección al Usuario de Servicios Financieros (PUSF). También abordamos otras regulaciones complementarias, canales de reclamo y desafíos comunes para las entidades financieras en su cumplimiento.

 

  1. Finalidad de las normas de protección de usuarios financieros

El objetivo de las regulaciones dictadas por el BCRA en esta materia es asegurar que los usuarios financieros puedan tomar decisiones informadas, acceder a productos de forma segura, recibir un trato digno y transparente, y contar con canales efectivos para reclamar o resolver conflictos. Estas normas apuntan a reducir la asimetría de información y a reforzar los principios de equidad y trato justo.

Estas regulaciones aplican a bancos, entidades financieras no bancarias, casas de cambio, emisores de tarjetas, proveedores de crédito, fintechs reguladas y otros sujetos bajo supervisión del BCRA que ofrezcan productos o servicios financieros en el país. Todas ellas están sujetas a los principios y reglas establecidas para la protección de usuarios financieros.

 

  1. Normas de Protección al Usuario de Servicios Financieros (PUSF)

Las PUSF constituyen un cuerpo normativo unificado que consolida y actualiza diversas disposiciones dispersas. Emitidas mediante la Comunicación A 7553 y sus actualizaciones, son de aplicación obligatoria para todas las entidades financieras supervisadas por el BCRA. Entre los aspectos más relevantes, se destacan:

      a. Transparencia en la información

Las entidades deben brindar información clara, veraz, detallada y accesible sobre los productos y servicios ofrecidos. Esto incluye:

  • Costos totales: deben detallarse todos los cargos, intereses, comisiones y tributos asociados al producto.
  • Tasa Efectiva Anual (TEA) y Costo Financiero Total (CFT): deben informarse de forma destacada para facilitar la comparación entre productos.
  • Condiciones de cancelación anticipada: incluyendo si existe penalidad y cómo se calcula.
  • Riesgos asociados: especialmente en productos de inversión, créditos en moneda extranjera o vinculados a mercados volátiles.
     b. Contratos estandarizados y legibles

Los contratos deben redactarse en lenguaje claro, evitar cláusulas abusivas y estar disponibles con antelación suficiente. Las entidades tienen la obligación de entregar copias completas al usuario, incluso en operaciones no presenciales. Se prohíbe expresamente el uso de letra ilegible o referencias cruzadas confusas.

     c. Derecho de revocación del consentimiento

Para operaciones realizadas a distancia o fuera de la sucursal (por ejemplo, a través de homebanking, apps o call centers), el usuario tiene derecho a revocar su aceptación dentro de los 10 días hábiles posteriores, sin penalidad alguna. La entidad debe garantizar medios accesibles para ejercer este derecho y no podrá condicionar su ejercicio al cumplimiento de trámites excesivos.

     d. Gestión de reclamos y deber de respuesta

Las entidades deben contar con un sistema de atención de reclamos accesible, eficaz y documentado. El plazo máximo para brindar respuesta formal es de 10 días hábiles, y para resolver definitivamente el reclamo, de 20 días hábiles. Además:

  • Deben mantener un registro actualizado de reclamos, disponible para supervisión del BCRA.
  • Cada entidad debe contar con un Oficial de Cumplimiento en materia de Usuarios Financieros, responsable de verificar el cumplimiento de estas normas.
     e. Publicación de tasas y condiciones

Las tasas de interés, comisiones y demás condiciones económicas deben estar permanentemente exhibidas en sucursales físicas, sitios web y canales digitales. El BCRA establece formatos y requisitos de actualización para garantizar su comparabilidad.

     f. Educación financiera

Las entidades están obligadas a promover acciones de educación financiera que contribuyan al uso responsable de productos y servicios. Esto puede incluir micrositios web, materiales didácticos, talleres o campañas informativas dirigidas al público general o a segmentos vulnerables.

 

  1. Otras regulaciones complementarias del BCRA

Además de las PUSF, el BCRA ha emitido otras normativas clave en materia de protección del usuario financiero:

     a. Publicidad de productos financieros

Toda acción publicitaria debe ser clara, no engañosa, y no puede omitir información esencial. Las promociones deben incluir el CFT, las condiciones aplicables y aclaraciones sobre eventuales restricciones o plazos. Está prohibida la utilización de expresiones ambiguas como “sin costo” si existen cargos asociados indirectos.

     b. Seguridad digital y protección de datos

El BCRA exige a las entidades adoptar políticas y herramientas de ciberseguridad que prevengan accesos indebidos, fraudes, suplantación de identidad y otras vulnerabilidades. También deben garantizar la confidencialidad y trazabilidad de los datos personales de los usuarios, alineándose con la Ley 25.326.

     c. Contratación electrónica y medios digitales

La operatoria digital debe asegurar el consentimiento informado del usuario, facilitar la lectura previa de términos y condiciones, y garantizar mecanismos de autenticación robustos. Las entidades también deben conservar pruebas de las transacciones realizadas.

     d. Inclusión financiera y trato equitativo

Las entidades deben abstenerse de prácticas discriminatorias, facilitar el acceso a productos financieros básicos, y ofrecer asistencia adaptada a usuarios con discapacidades, adultos mayores o personas con escasa alfabetización digital.

 

  1. Canales de reclamo ante el BCRA

Si un usuario financiero no obtiene una respuesta satisfactoria por parte de la entidad o considera que sus derechos han sido vulnerados, puede presentar un reclamo ante el Banco Central.

El canal disponible es el sistema de Reclamos de Usuarios de Servicios Financieros, accesible desde el sitio web del BCRA. Este mecanismo permite:

  • Presentar reclamos documentados
  • Adjuntar constancias de reclamos previos ante la entidad
  • Recibir respuesta del BCRA sobre el tratamiento del caso

Aunque este procedimiento no tiene efectos judiciales ni suspensivos, actúa como un mecanismo de presión institucional y puede derivar en inspecciones o sanciones administrativas a la entidad denunciada.

 

  1. Desafíos comunes y recomendaciones para entidades financieras

El cumplimiento efectivo de las normas de protección de usuarios financieros no es solo una cuestión de formalidad. Requiere ajustes concretos en los procesos internos, la capacitación del personal y el diseño de los productos y canales de atención.

Entre los principales desafíos que enfrentan las entidades se encuentran:

  • Falta de trazabilidad documental del consentimiento en canales digitales
  • Uso de contratos heredados con cláusulas poco claras
  • Procesos de atención al usuario tercerizados sin supervisión suficiente
  • Omisiones en la publicación actualizada de tasas y condiciones
  • Deficiencias en la gestión interna de reclamos y respuestas fuera de plazo

 

Desde Estudio Lexar colaboramos con entidades financieras, emisores de crédito y fintechs en la implementación de programas integrales de cumplimiento, incluyendo:

  • Auditorías legales de documentos y procesos
  • Rediseño de flujos de contratación y atención
  • Capacitación en trato al usuario y gestión de reclamos
  • Implementación de programas de privacidad y ciberseguridad legal
  • Soporte en inspecciones del BCRA y respuesta a observaciones

 

La protección de usuarios financieros en Argentina ha ganado progresivamente centralidad en la agenda regulatoria. Las normas PUSF y las disposiciones complementarias constituyen un marco robusto que impone deberes de transparencia, equidad y diligencia a las entidades reguladas.

Contar con una estrategia de cumplimiento proactiva no solo evita sanciones, sino que fortalece la relación con los clientes, mejora la reputación institucional y contribuye a la sostenibilidad del negocio.

Desde Estudio Lexar acompañamos a entidades financieras, fintechs, proveedores de servicios de pago y empresas reguladas en la adecuación integral a la normativa del BCRA en materia de protección de usuarios financieros. Nuestra intervención combina conocimiento técnico, experiencia regulatoria y comprensión del entorno digital para ofrecer soluciones prácticas y seguras.

Para quienes operan en el sistema financiero, el respeto por los derechos del usuario no es una opción: es un requisito clave para operar con solvencia, legitimidad y confianza.

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